lunes, 20 de junio de 2011

Pensamiento de Bolívar con la conservación del ambiente

Durante el proceso emancipador, los países hispanoamericanos sufrieron graves daños económicos que casi destruyeron la agricultura y la ganadería. También decayeron otras actividades económicas, como minería, la industria y el comercio. 
  
La naturaleza también sufrió con los efectos  devastadores de la guerra, especialmente los bosques y las fuentes de agua.

Durante su vida como estadista, el libertador legisló a favor de la recuperación económica de la república en todas las actividades: la agricultura, la ganadería, la minería, la industria y el comercio.

Igualmente, dictó numerosos decretos para conservar y proteger los recursos naturales como el agua y los bosques

Los Recursos Naturales

Simon Bolivar se interesó en proteger y conservar las fuentes de agua. El 19 de Diciembre de 1825 el Libertador produjo el siguiente decreto en Chuquisaca:

Considerando:
1.   Que una gran parte del territorio de la república carece de aguas y por consiguiente de vegetales útiles para el uso común de la vida.
2.   Que la esterilidad de los suelos se opone al aumento de la población y priva entre tanto a la generación presente de muchas comodidades...

Decreto:

1.   Que visiten las vertientes de los ríos, se observe el curso de ellos y se determinen los lugares por donde puedan conducirse aguas a los terrenos que estén privados de ellas.

Ante la explotación excesiva de las maderas y resinas de los bosques nacionales, el Libertador decretó el 31 de julio de 1829, en  Guayaquil :


Considerando: 


1. Que los bosques de Colombia, así los que son de propiedad publica que como los que son de propiedad pública, encierran grandes riquezas, tanto en madera propia para toda especie de construcción como en tintas, quinas y de mas sustancias útiles para la medicina y para las artes.


2. Que por todas partes hay un gran exceso en la extracción de maderas, tintas, quinas y de mas sustancias, especialmente en los bosques pertenecientes al estado, causándoles grandes perjuicios.


Decreto: 


1. Los gobernadores de las provincias harán designar en cada cantón, por medio de los jueces políticos o personas de su confianza, las tierras baldías pertenecientes a la república, expresado por escrito su demarcación, sus producciones peculiares como de maneras preciosas, plantas medicinales y otras sustancias útiles.


Ademas, se establecieron penalizaciones para quienes exploten los recursos de los bosques del estado sin autorización:


Cualquiera que extraiga de los bosques, quina, maderas preciosas y de construcciones sin la debida licencia o que traspase los limites que se hayan fijado incurrirá en la multa de 25 hasta 100 pesos.


   


     



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